domingo, 10 de mayo de 2009

Comentario sobre la huelga virtual de los trabajadores de IBM en Second Life


A nivel internacional, la huelga es reconocida como un derecho fundamental de los trabajadores. La Organización Internacional del Trabajo considera que el derecho de huelga es uno de los medios disponibles por los trabajadores y sus organizaciones con el fin de defender sus intereses económicos y sociales.

El artículo 28.2 CE reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses y establece que la Ley que regule el ejercicio de este derecho establecerá las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad.
De conformidad con el artículo 7 del Real Decreto-ley 17/1977, de 4 de marzo, sobre Relaciones de Trabajo, el ejercicio del derecho de huelga habrá de realizarse, precisamente, mediante la cesación de la prestación de servicios por los trabajadores afectados y sin ocupación por los mismos del centro de trabajo o de cualquiera de sus dependencias.

RSU (Rappresentenza Sindacale Unitaria de IBM Italia) decidió organizar la primera huelga virtual de la historia en Second Life, con la ayuda de UNI (Union Network International - Sindicato Global) y protagonizada por empleados de la división italiana de IBM a raíz de la propuesta de la multinacional de recorte salarial de 1.000 euros al año a los 9.000 trabajadores italianos y por la ruptura unilateral del acuerdo con los sindicatos.

En consecuencia, podemos decir que en este caso se trata de una huelga atípica puesto que los que pretendidamente ejercen este derecho son las representaciones en red de los trabajadores en un mundo virtual y por lo tanto no se da este cese real y efectivo de la actividad laboral.

No obstante, se trata de una forma de manifestar su oposición ante tal comportamiento empresarial que permite a su vez la incorporación de otros trabajadores y sindicatos a nivel global a través de este portal de internet. Por tanto, la huelga cumple su objetivo de ejercer presión en las negociaciones con el empleador para obtener una mejora en las condiciones laborales y económicas.

Asimismo, cabe señalar que el movimiento sindical, cuyo compromiso con la realidad social le obliga a estar en constante evolución para la búsqueda de nuevas vías e instrumentos para llevar a cabo su función social, ha tenido que replantearse nuevas e innovadoras formas de actuación. En esta sociedad de información y conocimiento, cuyo motor es internet, símbolo de la globalización, las nuevas tecnologías están cada vez más al servicio de los trabajadores. Cabe destacar en este punto la STC 281/2005, de 7 de noviembre de 2005 que vino a avalar, en este contexto de uso de las nuevas tecnologías en el entorno empresarial, el uso sindical del correo electrónico de las empresas, con la condición de que no perturbe la actividad normal de las compañías, ni suponga ningún coste adicional para las mismas. Dicha sentencia reconoció un derecho sindical como es el de la información a los trabajadores, al adaptarlo a las necesidades actuales en materia de comunicación.

Por lo tanto, esta progresiva adecuación a la realidad social, abre nuevos horizontes en cuanto a innovación tecnológica, así como en lo relativo a la unión global e interactividad para el ejercicio de la huelga y otras expresiones de conflicto. De esta forma, se facilita la participación del trabajador de manera inmediata y constante en la vida sindical, la cual debe plantearse nuevas modalidades de representación a raíz de la transformación del puesto y centro de trabajo.

Además, la empresa puede llegar a recibir una presión superior dado que a través de la relación que el sindicato creó con los usuarios de Second Life, esta huelga virtual fue seguida por los medios de comunicación de todo el mundo, creando así una cobertura mediática global con el objeto de efectuar publicidad de la huelga virtual así como de perjudicar la imagen de la multinacional.

Finalmente, tras la presión creada por la exitosa protesta, el Consejero Delegado de IBM Italia dimitió y se reabrieron las negociaciones con la Representación Sindical Unitaria, que desembocaron en un acuerdo favorable para los 9.000 trabajadores de IBM Italia.

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